Fundación Sur Argentina Promoción y defensa de los derechos humanos de la infancia y la juventud

Noticias16.02.2012

CLARIN – Chicos en comisarías: atropellos judiciales, Por Emilio García Méndez

Chicos en comisarías: atropellos judiciales

Por Emilio García Méndez, Fundación Sur Argentina (www.surargentina.org.ar)

Los menores de edad que cometen delitos reciben un tratamiento desigual y discriminatorio que acaba de ser convalidado por dos jueces.
16/02/12 – 02:17

Dos jueces de la Cámara Nacional de Casación Penal, Alejandro Slokar y Pedro David, han suscripto, con fecha 8 de enero de 2012, un fallo que rechaza un hábeas corpus presentado por la Fundación Sur-Argentina a favor de aquellos menores de edad que, en un mismo ámbito geográfico, reciben un tratamiento desigual y discriminatorio.
En el contexto del exótico sistema judicial imperante en la Ciudad de Buenos Aires, hace ya algunos años (y producto de un hábeas corpus oportunamente ganado por la Asesoría General Tutelar de la CABA frente al Superior Tribunal de la Ciudad) que los menores de edad detenidos por delitos ya transferidos a la Ciudad son llevados a un centro civil de identificación sin contacto con adultos ni con personal de seguridad que porte armas, tal como lo dispone toda la normativa internacional que forma parte de pleno derecho de nuestro ordenamiento interno. Lo mismo ocurre hace tiempo también en la Provincia de Buenos Aires.
Por el contrario, si se trata de delitos aún no transferidos a la justicia de la Ciudad, los menores de edad son llevados a comisarías de la Policía Federal donde el cumplimiento de la normativa aludida se transforma en una contingente y azarosa cuestión de hecho. Los jueces mencionados han convalidado este atropello.
Más difícil de entender resultan las cabriolas político-jurídicas de los órganos del Ejecutivo nacional responsables de esta violación de derechos: el Ministerio de Seguridad de la Nación y la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. Ambos organismos rechazaron en todas las instancia judiciales la existencia de las obligaciones señaladas por la Fundación Sur a la par que se autoimpusieron un plazo para subsanar la violación, que vencía a fines del 2011. A la fecha las obligaciones contenidas en el plazo autoimpuesto han sido largamente incumplidas.
Para contribuir ulteriormente a la confusión general, el fallo de Casación que rechaza el hábeas impone un plazo de 120 días corridos para dar cumplimiento a la obligación que el Ejecutivo consideraba inexistente. Una excelente noticia en un fallo lamentable. Poco se sabe aún del novel juez Slokar, quien no ha tenido tiempo de desarrollar el enorme currículum del veterano juez Pedro David, quien tiene en sus espaldas una larga carrera de funcionario internacional en materia de justicia criminal. Eso en sus espaldas. De lo que tiene en su conciencia menos se sabe, con excepción de haber tenido el privilegio de haber confirmado en 1999 la primera sentencia a reclusión perpetua de un menor de edad en la República Argentina

En el sitio web de la Fundación SUR Argentina, están disponibles la presentación judicial y fallos: www.surargentina.org.ar

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