Fundación Sur Argentina Promoción y defensa de los derechos humanos de la infancia y la juventud

La Corte Suprema debe expedirse acerca del derecho del niño a tener un abogado de confianza en todo proceso

GACETILLA DE FUNDACION SUR ARGENTINA. LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION DEBERA EXPEDIRSE ACERCA DEL DERECHO DE TODO NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE DE DESIGNAR UN ABOGADO DE CONFIANZA EN TODO PROCESO JUDICIAL EN EL CUAL SE VEA INCOLOLUCRADO.

La coordinación y equipos técnicos de la Defensoría Zonal Nueva Pompeya se comunicaron con la coordinación de la clínica jurídica de Fundación -legítimamente molestos- por el contenido de la gacetilla de Fundación Sur con relación a los autos “P C y G sobre protección de persona” que motivaron la interposición y admisión de recurso extraordinario federal por denegatoria judicial del abogado del niño.

En primer lugar, como ya fuera manifestado con anterioridad, la Defensoría Zonal Nueva Pompeya deriva a los niños para que Fundación Sur asuma su patrocinio, dado que estaban evaluando como estrategia declarar la preadoptabilidad de los niños en cuestión y los niños se oponían a la misma, con el objeto de hacer valer su opinión de parte.

La coordinación de la clínica jurídica valora tal proceder pues fue absolutamente respetuoso del derecho de defensa técnica de los niños, comprendiendo cabalmente el rol del abogado del niño y garantizando que los niños puedan tener una opinión diversa a los equipos técnicos del Consejo. Tal decisión se adopta, en un contexto de serias deficiencias de la política publica de defensa técnica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo cual le suma en valor a la decisión.

En segundo lugar, y de modo fundamental, se rectifica el contenido de la gacetilla en cuanto a que la institucionalización respondió a la pobreza de la familia de origen de los niños.

Llegados a este punto, se afirma que la Defensoría Zonal ha adoptada diversas medidas positivas tendientes a garantizar el derecho de los niños a la convivencia familiar.

Vale aclarar que estas medidas de acción positiva han sido adoptadas con gran esfuerzo personal e institucional de la Defensoría Zonal Nueva Pompeya, en un contexto institucional de serias deficiencias de la política publica de fortalecimiento familiar en la Ciudad de Buenos Aires, que hace a que muchas de las institucionalizaciones respondan a situaciones de pobreza.

Sin perjuicio de las aclaraciones efectuadas, se le ofrece a la Defensoría Zonal Nueva Pompeya –de considerarlo necesario- a que a través de la pagina de la Fundación Sur realice toda aclaración que considere pertinente.

Laura Rodríguez
Responsable de la Clínica Jurídica de la Fundación Sur