Presentamos un Habeas Corpus colectivo en favor de jóvenes privados de libertad en la Ciudad de Buenos Aires

El pasado lunes 14 de diciembre, la Fundación Sur Argentina, con acompañamiento de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (A.C.I.J.) y el Colectivo por los Derechos de la Infancia, presentamos una acción de habeas corpus en favor de todas las personas menores de dieciséis años de edad privadas de su libertad en la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de resoluciones judiciales emitidas por los Juzgados Nacionales de Menores.
La presentación del habeas corpus solicita que se declare la ilegitimidad de las privaciones de la libertad denunciadas y la inconstitucionalidad del Decreto Ley Nro. 22.278 de 1980 (Régimen Penal de la Minoridad), sancionado y vigente desde la última dictadura cívico-militar.


Las y los adolescentes menores de dieciséis años, aunque inimputables según el Régimen Penal de la Minoridad, se encuentran bajo medidas de restricción de la libertad ambulatoria. Ello se debe a que, paradójicamente, esta condición de personas no punibles, no las exime de la privación de libertad, pero sí del derecho a un debido proceso, exceptuándolas de la garantía que deben gozar todas las personas sometidas a un proceso penal, según la Constitución Nacional y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Como consecuencia, el Poder Judicial determina la prisión en cárceles de menores por “protección”, con base a una disposición “tutelar”, que se dicta por tiempo indeterminado, vulnerando las garantías constitucionales, ya que esta situación manifiestamente ilegítima, no responde ni a una prisión preventiva ni a una condena firme.


Nunca podría tratarse de una medida tutelar puesto que anula todas las garantías procesales, de las que goza toda persona mayor que se encuentra en conflicto con la Ley Penal. Esta regulación discriminatoria en razón de la edad, vulnera, de este modo, los principios de legalidad penal,culpabilidad, de inocencia y el derecho a un juicio previo, entre otras garantías básicas del estado de derecho.

La acción judicial trata, en definitiva, de superar el inerte debate sobre un retribucionismo inconducente que pretende tratar a las personas menores de edad exactamente como si fueran adultos negando los derechos más elementales de la persona humana.

Por lo expuesto, resulta imperioso encontrar puntos de acuerdo y debatir para avanzar en la construcción, jurídica e institucional, de un Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil democrático acorde con los estándares previstos en la Constitución Nacional, en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y en otros Tratados Internacionales de Derechos Humanos.