Fundación Sur Argentina Promoción y defensa de los derechos humanos de la infancia y la juventud

Sin categoría12.03.2020

#Que sea Ley, para todas!

En pocos días, el poder Ejecutivo enviará un proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo al Congreso de la Nación. Desde Fundación SUR Argentina, defendemos el derecho de las mujeres menores de 16 años a decidir sobre su propio cuerpo.

Son abrumadoras las cifras que indican la cantidad de embarazos no deseados en mujeres menores de 16 años.

El proyecto de interrupción legal del embarazo que obtuvo media sanción en el año 2018, excluía del ejercicio de este derecho a las mujeres menores de 16 años, requiriendo el consentimiento de sus padres o en su caso, de la justicia para realizar la práctica.

Como abogadas de niñas y adolescentes menores de edad, que representamos en la clínica legal gratuita de Fundación Sur Argentina, queremos alertar sobre las consecuencias de impedir que las mujeres menores de 16 años accedan al derecho a decidir sobre su propio cuerpo.

Vincular el acceso al derecho a la interrupción voluntaria del embarazo al artículo 26 del Código Civil, como la media sanción de Diputados,  implicaría una regresión vulneratoria de derechos básicos de las adolescentes, en especial, su autodeterminación y capacidad progresiva, regulados en el artículo 5 de la Convención de los Derechos del Niño, de jerarquía Constitucional.

Al respecto, supeditar el consentimiento de los adolescentes entre 13 y 16 años para actos médicos invasivos o que pongan en riesgo la integridad o salud (dentro los cuales se incluiría al aborto) al asentimiento de los padres puede implicar lisa y llanamente negar el derecho.

El acceso al aborto para las adolescentes entre 13 y 16 años tendrá un alcance muy limitado, de aplicarse el artículo 26 del Código Civil.

Más grave aún es la situación de las niñas menores de trece años, pues si bien entraría dentro de la causal de aborto autorizado por el código penal, pues se trataría de violaciones, lo cierto es que el consentimiento lo prestarán los representantes legales de la niña, mas no la niña involucrada y muchas veces el representante legal de la niña termina siendo su abusador.

El derecho de toda mujer menor de edad a ser oída, y que  se respete su decisión  no pueden ser vulnerados en función de su edad. La ley de salud mental establece que la sola petición implica capacidad. Esto es, que la capacidad es la regla y la incapacidad debe ser probada en un proceso y únicamente para determinadas acciones.

Sería paradójico que la negociación para que la legalización del aborto sea ley, implique necesariamente, la discriminación de los derechos de las mujeres más jóvenes,  aquellas que padecen embarazos en condiciones de mayor vulnerabilidad.

Solicitamos al poder Ejecutivo envíe un proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo al Congreso de la Nación, respetuoso de los derechos de la mujeres menores de edad, que no cercene su capacidad, convirtiéndolas en incapaces para decidir.

Una  ley que se apruebe excluyendo de sus garantías a las mujeres por su edad  estará consagrando una discriminación lamentable.

Buenos Aires, 12 de marzo de 2020.

#QueseaLeyparatodas

Clínica Legal gratuita para menores de edad  Fundación SUR Argentina